LOS CONTRATOS INTERNACIONALES Y EL DERECHO APLICABLE EN LA LEGISLACIÓN VENEZOLANA

Autores/as

  • Lissette Beatriz Romay Inciarte Universidad Privada Dr. Rafael Belloso Chacín, URBE, Venezuela

Resumen

El proceso de globalización en el comercio internacional va introduciendo a sus agentes
económicos a aplicar formulas que conllevan a la utilización de principio uniformes que en
forma armónicas ofrecen soluciones a los conflictos planteados. Por ello el principio de la
autonomía de la voluntad, constituye el principal factor de conexión en materia de
contratación internacional. El tipo de investigación utilizada fue la documental por cuanto
la información recabada fue extraída de textos, leyes entre otros. La población de estudio
fue documental, igualmente la técnica e instrumentos de recolección de datos necesaria
para el desarrollo de la investigación fue la observación documental. El tratamiento de la
información por tratarse la misma de tipo documental, fue estudiada cualitativamente e
interpretada de manera minuciosa utilizando como base la revisión bibliográfica. Los
principios unidroit serán aplicados cuando las partes lo hayan acordado en el contrato
internacional o por convenios que el mismo se rija por principios generales del derecho, la
lex mercatoria o lex contractus. La doctrina Venezolana ha considerado que los elementos
que rodean al contrato son los que le dan vida al mismo, por lo que se hace necesario que
las partes presentes en el mismo con su conducta, satisfagan sus pretensiones por lo que
han de cumplir con lo pactado en el contrato.

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Biografía del autor/a

Lissette Beatriz Romay Inciarte, Universidad Privada Dr. Rafael Belloso Chacín, URBE, Venezuela

Abogada egresada de la Universidad del Zulia. Doctora en
Derecho, Universidad del Zulia. Profesora Asociado de la Universidad Dr. Rafael Belloso Chacín y
Universidad del Zulia. Docente.

Citas

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Sección

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